El Cabildo de Gran Canaria, a través de su Consejería de Política Territorial y Paisaje, con Inés Miranda al frente, ha decidido distribuir entre los 21 ayuntamientos de la Isla un paquete de ayudas directas dotado con 337.049 euros, para que acometan actuaciones encaminadas a fomentar la diversificación económica local, mediante la adaptación del planeamiento municipal al Plan Insular de Ordenación de Gran Canaria (PIO/GC) 2022. Y para hacerlo posible, el Consejo de Gobierno Insular ha dado el visto bueno este viernes a las bases reguladoras y a los modelos y documentos con los que se materializará la concesión de estas subvenciones.
Así, se ha llevado a cabo un reparto provisional de la totalidad de los fondos entre los distintos consistorios grancanarios con base en el criterio de la equidistribución, de manera que cada uno de los municipios obtiene 16.050 euros, IGIC incluido. A este respecto, cabe indicar que las solicitudes de subvención podrán vincularse a proyectos con un presupuesto superior a la cantidad preconcedida y que, en esos casos, el ayuntamiento deberá aportar el capital necesario para completar el coste.
La Consejería argumenta que esta novedosa convocatoria surge con la intención de “fomentar y apoyar la elaboración de documentos técnicos de los ayuntamientos de Gran Canaria que permitan anticipar propuestas de ordenación de la actividad económica a escala municipal, bien sean para nuevos tejidos económicos (primario, industrial o de servicios) o para coadyuvar actuaciones de traslado de la actividad a nuevos suelos mejor dotados, que favorezcan actuaciones paralelas de renovación urbana”.
Y es que aduce que, en materia de diversificación económica, durante los últimos años han sido constantes la necesidad de rehabilitar los polígonos y áreas industriales existentes, así como la previsión de nuevos suelos urbanizados, para acoger actividades económicas que deben ser desplazadas de otras áreas residenciales o turísticas. No obstante, incide también en que, si bien se ha avanzado activamente en el primer tipo de actuación, no ha sucedido lo mismo con el segundo.
De hecho, la propuesta hace hincapié en que estos procesos requieren un estudio previo de las condiciones de partida del suelo (criterios de oportunidad, accesibilidad, compatibilidad territorial y adecuación ambiental) que, en la mayoría de los casos, dilatan en el tiempo la puesta en servicio e implantación de actividades económicas, muchas veces más de carácter artesanal o de escala local, y lastran así la competitividad en determinados núcleos de población o imposibilitan la generación de nuevas empresas y puestos de trabajo.
Por tanto, como refiere a continuación, “es indudable que la obtención de estos documentos técnicos adaptados al PIO/GC 2022, como paso previo a su futura tramitación administrativa en sede municipal, beneficia a la ciudadanía, dado que, al estar adaptados a la legislación actual, permitirá crear oportunidades de futuro con todas las garantías necesarias para dotar de seguridad jurídica el desarrollo de actividades sobre los suelos de los términos municipales, y se presenta como una oportunidad para racionalizar la ordenación de recursos y orientado a su desarrollo sostenible, sin verse lastrado inicialmente por las limitaciones del planeamiento urbanístico”.
Acciones subvencionables
La Consejería recuerda en su documento que el artículo 2 de la Normativa del PIO/GC 2022 establece que “el planeamiento de ordenación urbanística deberá ajustarse a las determinaciones del presente Plan, a excepción de las Directrices de Ordenación, en virtud del principio de jerarquía del sistema de planeamiento”, por lo que considera “actuaciones subvencionables de interés público” las dirigidas a la elaboración de documentos técnicos que integren en el planeamiento urbanístico municipal las determinaciones de ordenación ambiental y/o territorial establecidas en ese modelo de ordenación insular.
De acuerdo con esas premisas, las bases reguladores estipulan que con estos fondos se subvencionarán actuaciones municipales relativas a la ordenación de la actividad económica en las piezas agrícolas estructurantes, puras y mixtas, incluidos los núcleos ganaderos definidos en el PTE-09 Agropecuario, así como las dirigidas a ordenar los parques industriales de escala local, minipolígonos de I+D y los parques logísticos de redistribución en el espacio turístico, incluida la delimitación de nuevas piezas de tejido económico.
Igualmente, se colaborará con las iniciativas tendentes a ordenar la actividad económica en cualquier categoría de suelo rústico, incluida la pormenorizada de la actividad industrial artesanal en asentamientos rurales y agrícolas, además de con la ordenación de las áreas de renovación urbana, refuerzo o especialización en tejidos productivos económicos de actividad poco o nada compatibles con el uso residencial.
Por último, y de acuerdo con el PIO/GC 2022, el acuerdo dispone que estas acciones se pueden realizar mediante la elaboración de documentos técnicos destinados a posibilitar, entre otros, la formulación de programas de actuación, las modificaciones menores y/o sustanciales de instrumentos de planeamiento urbanístico (planes generales de ordenación, normas subsidiarias, planes parciales, planes parciales, y similares), los planes especiales de ordenación o instrumento equivalente, y los proyectos de actuación en el medio urbano o rural, que asuman la evaluación ambiental, gestión territorial y ejecución urbanística de aquellas determinaciones a desarrollar previamente identificadas en piezas económicas delimitadas o a delimitar, según el caso.
Proceso de tramitación
En lo que respecta al proceso de concesión de estas ayudas, se ha acordado que la Consejería comunicará a los distintos gobiernos locales los pormenores del reparto previo provisional que se ha realizado y les concederá un plazo de 15 días hábiles para presentar sus solicitudes, conforme al modelo previsto en el ANEXO I-A que aparece en las bases reguladoras.
Cada ayuntamiento puede formalizar una única solicitud, en la que se recogerán todas las actuaciones subvencionables, y deberá presentarla a través de la Oficina de Registro Virtual de las Entidades Locales.