Así ha quedado listo el dictamen, para su próxima aprobación definitiva en pleno, del Proyecto de Ley (PL) que Modifica Parcialmente la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias y otra Normativa sobre el Suelo, el artículo 24.1 de la Ley 7/2014, de 30 de junio, de la Agencia Tributaria Canaria, y se incorpora una Disposición Adicional Novena a la Ley 6/2006, de 17 de julio, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Derivado del decreto ley número 49 del Ejecutivo canario, Esther González explicó que, además de modificar la normativa sobre el suelo, “lo más importante de su contenido” y afectar a la Consejería de Transición Ecológica; también actúa sobre competencias de los departamentos gubernamentales de Agricultura y Hacienda.
Estructurado el PL en cuatro artículos, la ponente de NC dijo que el primero “facilitará” la declaración, “de la urgente ocupación de los bienes afectados por la expropiación”, derivados de los proyectos de interés insular o canario. Una mejora solicitada por la Fecai, según Esther González, que se complementa con otro apartado dirigido a “reforzar” la seguridad jurídica al “clarificar” la competencia de los cabildos insulares en la tramitación y aprobación de los planes de ordenación de los recursos naturales.
En este mismo artículo, González hizo hincapié en la novedosa regulación, canaria y posiblemente en todo el ámbito del Estado, derivada de la situación provocada por la erupción volcánica de La Palma. La parlamentaria de NC se refería al establecimiento de un régimen específico para la declaración de ruina de las edificaciones afectadas por el Tajogaite así como un régimen transitorio, especificado en las disposiciones finales de la norma, que amplía el plazo para la presentación de las solicitudes correspondientes hasta el próximo mes de diciembre.